Juan Juan Almeida. MARTI NOTICIAS
Finalmente deciden publicar la resolución judicial número dos del dos mil once (2-20-11) de la Sala de los delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de Ciudad Habana, donde figuran como Presidente el Dr. Armando Torres Aguirre; como jueces, los letrados Elizabeth Ruíz Pérez, Ángel García Leyva, Gil Amado Payne Hernández, Pelagio Cortina Lescalles; y como acusado, el ciudadano estadounidense Alan Phillip Gross, subcontratista del gobierno de USA, sentenciado a 15 años de privación de libertad por entrar al país, y regalar, una cámara de video, medicamentos, memorias flash, seis discos externos, diez Ipod, tres teléfonos satelitales, tres computadoras laptop, y 13 teléfonos Blackberrys.
Dicho fallo asegura que estos equipos de infocomunicación se introdujeron en la isla sin que fueran detectados por la Aduana del Aeropuerto Internacional “José Martí” de la Habana. Cosa casi imposible, los viajeros sabemos muy bien que para pasar hacia Cuba, algo más de lo que toca, es necesario mostrar cierta solidaridad para con los funcionarios de un sistema enmohecido, entiéndase soborno; o haber recibido la anuencia, un tipo de autorización que siempre cae “desde arriba”.
En la tercera de las 18 páginas de un pliego cargado de aviesas interpretaciones, dice ─ y cito textual – El acusado ALAN PHILIP GROSS plasmó reiteradamente en los documentos que elaboró con motivo del referido Proyecto, sus intenciones y las de sus patrocinadores de contribuir a una “transición pacífica en Cuba”.
¿Alguna vez se preguntó qué quiere decir “transición”? Si el Proyecto al que se hace referencia consiste en facilitar información y comunicación “no restringida” a los cubanos, entonces la propia sentencia nos muestra que el incriminado estaba colaborando en el desarrollo de la conectividad nacional y, de alguna forma, ayudando a romper el “Bloqueo” que durante años le impide a “Cuba” acceder a las nuevas tecnologías, informatizar la sociedad y brindar un acercamiento masivo a las redes de comunicación.
La singular contravención del condenado a 15 años de privación de libertad por presuntamente cometer el delito de ACTOS CONTRA LA INDEPENDENCIA O LA INTEGRIDAD TERRITORIAL DEL ESTADO CUBANO, fue única y exclusivamente haber violado la regulación aduanal.
El motivo patente del señor GROSS, además de su afán lucrativo, fue sacar del anonimato a ese grupo de personas que con avidez de información integran la comunidad judía cubana, marginada como minoría dentro de una sociedad marginadora.
Las evidencias describen que entre los cómplices del crimen no figuran disidentes u opositores al gobierno “revolucionario” ni al sistema socialista; sino inexpertos o corruptos funcionarios aduanales, y colaboradores del MININT como Raúl Antonio Capote Fernández (testigo identificado como “El agente Daniel”) y José Manuel Collera Vento, el agente encubierto “Gerardo”, miembro de La Logia Masónica de Cuba que conoció del Proyecto incluso antes que Alan Gross, y aceptó públicamente haber informado de estos actos cuando aún no se habían consumado. Del instructor penal del caso, el Teniente Coronel Carlos Remis Chong, me constan sus procedimientos, los conocí en Villa Marista.
Como es lógico, el tribunal formó su decisión sobre los hechos que se declaran probados, apreciando para ello la documental obrante en el expediente de fase preparatoria. Pero obvió que si los órganos de Seguridad del Estado conocieron, manipularon los equipos importados en el área estéril de Aduana, y permitieron su importación y distribución por no creer que representaban peligrosidad social, incentivaron las acciones del señor ALAN P GROSS, convirtiéndose en coautores.
Lo demás, no es más que interpretación. O mejor dicho, manejos en el proceso de instrucción (quizás sin buena traducción), y constantes violaciones de procedimiento penal. En cualquier otro sistema (ha lugar), para anular el proceso judicial.
El final es recurrente, otro reo desvalido que por exceso de presión psicológica y falta de asesoramiento, al ser engañado cambia horas de silencio por años de prisión.
Pero vayamos por partes y miremos el mismo tema desde una visión diferente. ¿Qué tal si el incriminado, en vez de entregar sus regalos a una comunidad marginada, hubiese sido el Santa Claus de la élite social? Su historia sería otra. Junto a las puertas de su avión le esperaría un autobús con aire acondicionado y dos lacayos sonrientes vestidos de guayabera: uno, para el equipaje; y el otro, sólo para complacencia de algún imprevisto deseo. En el salón de protocolo del amable Consejo de Estado, la migración la hubiese hecho degustando un Pártagas sobre un cómodo sillón acompañado de un buen trago de ron Havana Club.
El riesgo sería soportar una foto de Fidel y la bienvenida grabada del compañero Raúl haciendo su mueca chistosa que provoca espanto. Y por supuesto, los encargos no serían solamente equipos de “infocomunicación” sino también perfumes caros, artefactos militares recién salidos al mercado, antojitos exclusivos que van desde un bolígrafo dorado, un caballo amaestrado, o unos kilos de cocaína para aumentar la alegría y hacer bajar la adrenalina. El contratista americano entonces sería un hombre libre y con méritos adicionales. Le llamarían amigo Alan, nunca Gross, cazaría en Cayo Saetía, se hospedaría en una Cuba que por exclusiva le es prohibida a miradas sin poder, y ofreciera amenas conferencias en alguna institución investigativa o asistencial tan prestigiosa como CENESEX. Tendría entonces categoría de invitado especial.
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